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28 de Junio de 2007
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SECRETARIA
DE ECONOMIA
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Cuarto Acuerdo por el que se dan a conocer los números de Programas para la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación. |
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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. EDUARDO SOJO GARZA ALDAPE, Secretario de Economía,
con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal; 5o., fracción
XI de la Ley de Comercio Exterior; 5, fracción XVI y 25, fracción
II del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía,
y 18 y cuarto y quinto transitorios del Decreto para el Fomento de la
Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación,
y CONSIDERANDO Que el 1 de noviembre de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación ("Decreto IMMEX"); Que al autorizar un Programa para realizar operaciones de manufactura en cualquiera de sus modalidades, de conformidad con el Decreto IMMEX, esta Secretaría le asignará un número que estará integrado de la forma en que la misma determine mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación; Que los artículos cuarto y quinto transitorios del Decreto IMMEX, ordenan que esta Secretaría asignará el número de Programa para realizar operaciones de manufactura en cualquiera de sus modalidades, a las personas morales que cuenten con autorización expedida por la misma de programas de importación temporal para producir artículos de exportación y de operación de maquila; Que hecho lo manifestado en el considerando anterior, esta Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación del 3 de enero, 17 de abril y 5 de junio de 2007, el Primer, Segundo y Tercer Acuerdo por el que se dan a conocer los números de Programas para la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, haciendo del conocimiento público los números de programas para realizar operaciones de manufactura asignados y su fecha de entrada en vigor; Que la Secretaría de Economía ha continuado con la validación referida de los números de programa correspondientes a las empresas no incluidas en dichos listados, y está en condiciones de publicar un cuarto listado; Que de conformidad con el artículo segundo transitorio de la Tercera modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2007, la Secretaría de Economía publicará en las páginas de Internet www.siicex.gob.mx y www.economia.gob.mx, los listados de números de empresas que de conformidad con el artículo quinto transitorio del Decreto IMMEX, no les haya asignado un número de Programa autorizado al amparo del Decreto IMMEX, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, por no cumplir con lo previsto en el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX como resultado de la mencionada verificación, a fin de que las empresas tengan conocimiento y acudan a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria que les corresponda a solventar dicha problemática para que esta Secretaría esté en posibilidad de asignarles su número de Programa IMMEX, y Que a partir de la fecha de entrada en vigor
del Programa IMMEX, para realizar operaciones de manufactura en cualquiera
de sus modalidades, el número que asigne esta Secretaría
deberá ser utilizado en todos los trámites que se realicen
ante las dependencias o entidades de la Administración Pública
Federal, relacionados con las operaciones de comercio exterior que se
realicen al amparo del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera,
Maquiladora y de Servicios de Exportación, he tenido a bien expedir
el: CUARTO ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS NUMEROS DE PROGRAMAS PARA LA INDUSTRIA MANUFACTURERA, MAQUILADORA Y DE SERVICIOS DE EXPORTACION ARTICULO 1.- Para los efectos del presente Acuerdo se entiende por:
ARTICULO 2.- Para los efectos de los artículos 18 y cuarto y quinto transitorios del Decreto IMMEX, se da a conocer la correlación de los números Maquila y números PITEX a los que se les ha asignado un número IMMEX: Dar
clic aquí para accesar a la correlación..... Transitorio UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 9 de julio de 2007, fecha a partir de la cual los números IMMEX correlacionados en el artículo 2 del presente Acuerdo, deberán ser utilizados por los titulares de los programas para realizar operaciones de manufactura según les correspondan, en todos los trámites que realicen ante las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal relacionados con operaciones de comercio exterior. México, D.F., a 21 de junio de 2007.- El Secretario de Economía, Eduardo Sojo Garza Aldape.- Rúbrica. |